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Preguntas frecuentes

Subsidio de Cuota Monetaria

Las personas a cargo que convivan y dependan económicamente del trabajador tales como:

  • Hijos.
  • Hijastros.
  • Hermanos huérfanos de padres.
  • Hijos adoptivos.
  • Padres mayores de 60 años.

Nota: En el caso de los hijos, hijastros, hermanos huérfanos de padres e hijos adoptivos tienen derecho al pago de la cuota monetaria y servicios hasta los 18 años 11 meses.

Los servicios en línea que tienes disponibles en el portal web son: Consulta de pagos de la cuota monetaria. Consulta de saldo de la tarjeta multiservicios. Consulta de ubicación de tarjeta multiservicios. Expedición de certificado de afiliación. Expedición de certificado escolar. Actualización de tarjeta de identidad. Novedades del grupo familiar. Actualización de datos. Ingresa a servicios en línea iniciando sesión en el siguiente enlace

Esta tarjeta te identifica como afiliado a Cajasan, es válida para acceder a los servicios, siempre y cuando tu afiliación este vigente. Recuerda que si cambias de empleador o eres retirado temporalmente, debes conserva la tarjeta para utilizarla si eres nuevamente afiliado a Cajasan. Tu tarjeta multiservicios es de uso personal e intransferible.

Es un recurso monetario que se paga a los afiliados que devengan hasta cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigente (SMMLV) por cada persona a cargo.

Si cuentas con todos los documentos de afiliación de tu grupo familiar, has clic en el siguiente enlace e ingresa a servicios en línea, novedades, grupo familiar, y completa la información.

Con tu tarjeta multiservicios tienes los siguientes servicios:

* Consignación de cuota monetaria.
* Desembolso de Crédito Cajasan.
* Descuento del 10% todos los días por compras con este medio en los Supermercados Cajasan.
* Planes de bienestar para empresas afiliadas.
* Bono subsidio en programas especiales.
* Bono Escolar.

Podrán cobrar simultáneamente el subsidio familiar por los mismos hijos el padre y la madre, si sus remuneraciones sumadas no exceden de los (4) SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes).

No, este no puede retenerse ni deducirse, salvo expresa autorización del trabajador o en las siguientes excepciones:

Procesos por alimentos instaurados a favor de las personas a cargo por los entes:ICBF; Fiscalía; Comisaría de Familia; Divorcio.

La cuota monetaria se paga por los beneficiarios desde el mes de nacimiento hasta los 18 años, 11 meses.

Si, existe un subsidio por muerte del trabajador.

Por muerte del trabajador Cajasan continuará pagando, durante doce (12) meses, el monto del subsidio familiar, por persona a cargo, que el trabajador esté recibiendo al momento de su fallecimiento.
Este monto se pagará únicamente a la persona que acredite haberse responsabilizado de la guarda y sostenimiento de los menores (documento de custodia).
Para obtener dicho subsidio la empresa o la persona responsable de la guarda, sostenimiento o cuidado de las personas a cargo deberá informar oportunamente a Cajasan.
Se debe acreditar dicha novedad presentando fotocopia del registro civil de defunción del trabajador dentro de los 36 meses siguientes al momento de su fallecimiento.

Si, existe un subsidio por muerte de la persona a cargo.

Se pagará el subsidio extraordinario por el mes en el que ocurra, equivalente a 12 mensualidades que serán pagadas en un mismo mes, siempre y cuando esté recibiendo subsidio familiar al momento del fallecimiento. Se debe acreditar dicha novedad presentando con fotocopia del registro civil de defunción de la persona a cargo dentro de los 36 meses siguientes al momento de su fallecimiento.

Conoce los sitios de retiro de la cuota monetaria de acuerdo a tu municipio de residencia haciendo clic en el siguiente enlace.

No recibes la cuota monetaria en los siguientes casos:

* Cuando no se actualiza el certificado escolar.
* Cuando el empleador realiza aportes fuera de las fechas establecidas.
* Cuando el salario sobrepasa los 4 SMMLV.
* Cuando sumados los salarios con el del cónyuge sobrepasan los 6 SMMLV.
* Cuando no se realice afiliación oportuna del grupo familiar.
* Cuando se labore menos de 12 días en el mes.
* Cuando los padres están afiliados simultáneamente en dos Cajas de Compensación Familiar.

Cuando sumados los salarios de padre y madre se sobrepasan los (6) SMMLV. Si se da esta situación, ninguno de los dos tendrá derecho.

Si sumados los salarios de ambos padres se sobrepasan los 4 SMMLV, pero no los 6 SMMLV, ¿tienen derecho a recibir subsidio familiar? En ese caso, tendrá derecho a recibir subsidio familiar uno de los dos padres, que se aplicaría aquel que devengue el salario más alto.

Si, el Subsidio Familiar prescribe en un término de tres (3) años, según lo estipulado en el artículo 6 de la ley 21 de 1982, y según el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual define que las acciones reguladas por este código prescriben en tres (3) años, los cuales se cuentan desde que la respectiva obligación se haya hecho exigible.

Reclama tu tarjeta multiservicios en el CIS más cercano a tu municipio de residencia, ubícalos fácilmente aquí

Lo puede presentar en nuestro portal web, en el siguiente link: Clic aquí. O directamente en nuestras oficinas puerta del sol o cis más cercano

Se da cuando las personas a cargo tienen una discapacidad física disminuida que les impide trabajar, sin límite de edad.

Padres menores de 60 años, siempre y cuando no reciban renta, pensión o salario.

Hijos e hijastros, siempre y cuando acrediten el certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar indicando tipo de discapacidad.

Debes presentar el certificado escolar en los siguientes casos:

  • A partir de los 12 años, cumplidos, y hasta los 18 años y 11 meses.
  • Si el beneficiario se encuentra en estudios semestralizados o universitarios debes presentarlo dos veces en el año (febrero y agosto).
  • Puedes presentar el último boletín de calificaciones correspondiente al año en curso.

  • Laborar en el mes como mínimo 96 horas, equivalente a 12 días.
  • Tener personas a cargo que causen el derecho a recibir el subsidio familiar.
  • Que su remuneración fija o variable no sobrepase los 4 SMMLV.
  • Que la remuneración de su cónyuge y/o compañero (a) no sobrepase de los 6 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes).

El valor de la Cuota Monetaria en el departamento de Santander es:

* Valor cuota mensual por persona a cargo, $43.000.
* Valor cuota mensual por persona a cargo en el sector agropecuario, $49.500.

Nota: Según la Resolución 0481 de 2023 del 31 de mayo de 2023, emitida por la Superintendencia del Subsidio Familiar.

Todo trabajador beneficiario del subsidio familiar tiene derecho al pago del retroactivo de ley, dos (2) meses atrás contados a partir del recibido por parte de Cajasan; la afiliación del trabajador y su núcleo familiar con sus respectivos documentos soportes que acrediten dicho derecho.

A través del siguiente enlace las empresas podrán generar el certificado de pago de aportes según el año requerido.

Según el ingreso salarial mensual del trabajador afiliado se clasifica así:

  • Categoría A: Trabajadores y grupo familiar, cuyo salario básico no supera los dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Categoría B: Trabajadores y grupo familiar, cuyo salario básico esta entre (2) y cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Categoría C: Identifica a los trabajadores y su grupo familiar cuyo salario básico supera los (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Articulares: Están los trabajadores y grupo familiar que no son afiliados a Cajasan.

Si el dinero está consignado en la Tarjeta Multiservicios debe presentar la misma junto con el documento de identidad original en los Supermercados Cajasan o aliados en municipios.

A continuación se relacionan los puntos:

Clic aquí

Verifique el municipio donde se encuentra el trabajador e informe el punto más cercano

Si quieres retirar a la persona que tienes relacionada como cónyuge o compañero(a) permanente, debes anexar el documento en el que conste la cesación de efectos civiles del matrimonio, liquidación de la sociedad conyugal o unión marital del hecho. Dicha documentación la debes enviar al correo electrónico o presentarla en el Centro de Experiencia, ubicado en la carrera 27 # 61-78, Puerta del Sol, Bucaramanga.

Nota: La solicitud de retiro de beneficiario tendré respuesta en el transcurso de dos (2) días hábiles.

Puedes generar tu certificado de afiliación a través del siguiente enlace.

Ten en cuenta que en el anterior enlace se generan los certificados de los afiliados activos, si tu estado actual es Retirado, debes solicitarlo a través del correo electrónico . Obtendrás respuesta en el transcurso de dos (2) días hábiles.

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